Estas ayudas, para el ejercicio 2024, tienen un presupuesto inicial máximo de 2.682.000 euros. Cada ayuda consistirá en una subvención del 70 % de los costes que sean admitidos como subvencionables, con un importe máximo por solicitud de 100.000 euros. Solo serán subvencionables las actuaciones desarrolladas entre el 1 de enero y el 29 de noviembre de 2024 que beneficien directamente a empresas con centro productivo en la Comunitat Valenciana.
Las ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, están destinadas a las asociaciones empresariales sectoriales industriales vinculadas a los siguientes sectores de la Comunitat Valenciana: industria agroalimentaria, sector de la automoción, sector de biotecnología, sector cerámico, sectores del vidrio, áridos y materiales de construcción, no metálicos, sector del cuero y calzado, sector de las energías, sector de envases y embalajes, sector espacial y aeronáutico, sector del juguete y de los productos infantiles, sector de la madera, mueble e iluminación, sector del mármol y de piedra natural, sector metal-mecánico, sector del plástico, sectores de la producción audiovisual y videojuegos, sector químico, sector textil, y sector de la valorización de materiales.
Paralelamente, estas ayudan tienen como objetivo apoyar actividades no económicas que impulsen la reindustrialización de la Comunitat Valenciana, desarrolladas por asociaciones empresariales multisectorial de ámbito comarcal.
Serán actuaciones subvencionables las relacionadas con una serie de programas como: la participación en proyectos de investigación; el desarrollo y la innovación; la internacionalización y cadena de valor; la sostenibilidad, la formación y el talento; la cooperación y los clústeres: y la seguridad industrial.
El presupuesto mínimo subvencionable del total de actuaciones por solicitud será de 10.000 euros, sin contar el IVA. No siendo subvencionables las actuaciones que supongan una ayuda directa o una ventaja económica manifiesta para empresas concretas e individualizadas, ni aquellas que consistan en una actividad económica de la entidad solicitante.
Tendrán la consideración de gastos subvencionables, entre otros: las colaboraciones externas; los gastos laborales de personal propio de la entidad destinado directamente al plan de actuación o los gastos de la auditoría para la elaboración del informe de revisión de la documentación justificativa de la subvención por empresa auditora externa, inscrita en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas
El plazo de presentación de solicitudes será desde este martes 26 de marzo hasta al 16 de abril de 2024, ambos incluidos y la presentación de estas se realizará obligatoriamente a través del trámite específico en el apartado de Incentivos y ayudas en materia de industria de la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo.