Este año el lema elegido ha sido ‘Planeta vs. Plásticos’, coincidiendo con el Cuarto período de sesiones del Comité Intergubernamental de Negociación sobre la Contaminación por Plásticos (INC-4) que se reúne en Ottawa (Canadá) del 21 al 30 de abril. El Comité, establecido durante la quinta sesión de la Asamblea de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (UNEA-5), pretende elaborar un instrumento internacional jurídicamente vinculante sobre la contaminación por plásticos que abarque los medios marinos.
Lo cierto es que el uso excesivo de plásticos en todo el mundo ha generado un problema medioambiental de primer orden: según datos del Servicio de Estudios del Parlamento Europeo, los océanos contienen actualmente más de 150 millones de toneladas de plásticos cuyas consecuencias no solamente suponen la contaminación de las costas, sino que afectan gravemente a la biodiversidad marina y a la salud humana (a través de la cadena alimentaria). Además, el coste estimado de la basura marina está entre 259 y 695 millones de euros, principalmente para el turismo y los sectores pesqueros. La Fundación Ellen McArthur calcula que en 2050 los océanos podrían contener más plásticos que peces.
A la sobreproducción de plásticos se añaden desastres ecológicos como el sucedido el pasado 8 de diciembre cuando el buque Toconao vertió en el mar 26,3 toneladas de pellets de plástico, además de otros cinco contenedores con neumáticos y papel film que llegaron a las costas españolas.
En este escenario, la directora del Instituto Internacional de Derecho y Medio Ambiente, Ana Barreira, recuerda que el papel del Derecho es esencial para abordar este problema: “Existen diferentes tratados internacionales que establecen el marco jurídico para la protección del medio ambiente frente a la contaminación por plásticos y otros desechos, algunas pioneras: Convención de Londres sobre la Descarga de Desechos (1972), MARPOL- Convenio Internacional para la Prevención de la Contaminación por los Buques (1973), UNCLOS- Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (1982) o el Convenio de Basilea (1989). Pero esto no es suficiente; es necesario avanzar en regulaciones más específicas y a nivel estatal”.
En concreto, para prevenir sucesos como el de los pellets, Barreira pone el foco en la falta de una regulación internacional para el transporte marítimo de este tipo de materiales como si la hay, por ejemplo, para el trasporte de petróleo. “Si bien en marzo de este año se han adoptado unas recomendaciones por el Comité de Protección del Medio Marino en el seno de la Organización Marítima Internacional (OMI) para el transporte de pellets de plástico por mar en contenedores que abordan el embalaje, la información de su transporte y la estiba, es necesario avanzar en el establecimiento de un marco jurídico que aborde esta problemática de modo sistémico”, recalca la jurista.
Los 193 Estados miembros de las Naciones Unidas que ocupan un lugar en la mesa de negociación deberán equilibrar ahora sus intereses sin limitar la ambición del tratado futuro ni obstaculizar su aplicación. “Es imperativo reducir la fabricación de plásticos e incidir en su reutilización para disminuir la generación de residuos, así como las emisiones de CO2 que se producen en los procesos de su fabricación, siendo fuente importante del calentamiento global”, concluye la directora del IIDMA.