El objeto es atender gastos inaplazables derivados de los daños soportados por las personas físicas o jurídicas, los bienes muebles o inmuebles y las infraestructuras públicas o privadas como consecuencia de la riada, que motivó la declaración de ‘zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil’ por el Consejo de Ministros el pasado 5 de noviembre.
Este crédito extraordinario se financiará con endeudamiento, incrementando el presupuesto de ingresos de la Generalitat en la aplicación ‘Préstamos a largo plazo entes del sector público’, en el marco y con las condiciones establecidas en el programa de endeudamiento que autorice el Estado para facilitar el acceso a la financiación que la Generalitat requiera para hacer frente a los gastos excepcionales de la riada.
La norma incluye una referencia a la necesidad de recurrir a un registro contable diferenciado de los gastos excepcionales que se realicen como consecuencia de la DANA y una habilitación específica para agilizar la distribución de los créditos.
Los remanentes de créditos derivados de la ejecución del crédito extraordinario concedido por este decreto ley se incorporarán, con independencia del nivel de ejecución contable que alcancen, al presupuesto que se apruebe para el ejercicio 2026.
Por último, este decreto-ley recoge una modificación puntual de la vigente Ley de Presupuestos con el fin de incorporar un nuevo supuesto, asociado a la DANA, que habilite para sobrepasar automáticamente el límite anual de endeudamiento.
Financiación de las medidas adoptadas para la recuperación
El Real Decreto-ley 7/2024 por el que se adoptan medidas urgentes para el impulso del plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la DANA, incluyó una habilitación específica para atender los gastos extraordinarios como consecuencia de la inundación.
Como consecuencia de todo ello, el pasado mes de diciembre ya se concedió un crédito extraordinario de 700 millones de euros para que la Generalitat financiara las primeras actuaciones de respuesta en la postemergencia.
Transcurridos más de cuatro meses desde la riada, se han puesto en marcha todo un conjunto de actuaciones para asegurar, tanto la respuesta inmediata a la emergencia de protección civil, como para facilitar la recuperación económica y social, destacando la puesta en marcha de una estructura organizativa específica para coordinar las diferentes actuaciones.
En este marco, el Gobierno de España ha previsto un régimen excepcional en materia de endeudamiento autonómico en 2025 que, de forma excepcional, podrá autorizar a la Comunitat Valenciana a formalizar nuevas operaciones de endeudamiento a largo plazo o asignar recursos con cargo a los mecanismos adicionales de financiación para cubrir las necesidades de financiación correspondientes a los gastos extraordinarios ejecutados por esta comunidad autónoma en respuesta a la situación de emergencia derivada de la inundación ocurrida entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.
Esta regulación es fundamental para que la Comunitat Valenciana pueda hacer frente a los desembolsos que va a exigir la reparación de los graves efectos que la DANA ha provocado en una parte importante del territorio.
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